30 mar 2015

Eliminan de ALP / México la foto con denuncia de la juez cívico Barbarita Baltazar Cuate





Eliminan de ALP / México la foto con 

denuncia de la juez cívico Barbarita 

Baltazar Cuate
Por el momento desconocemos quien o quienes, como y porque eliminaron la foto con denuncia de la juez cívico Barbarita Baltazar Cuate, pero ante este hecho hemos decidido volver a publicar la denuncia de Manuel Álvarez DomÍnguez y tuvimos que poner otra fotografía ya que hasta de nuestros archivos privados fue elimina da la foto.
A continuación el texto de la denuncia acompañada de otra foto.
Denuncia publica, Agencia Latinoamericana de Prensa / México, difusión gratuita:
Manuel Álvarez Domínguez, calle Ana María Zapata Numero 14, Colonia Otilio Montaño; Cuautla, Morelos. Tel. 01 735 35 42 663, Cel. 735 109 64 47.
A todos los ciudadanos honrados de México y del mundo.
Soy Manuel Álvarez Domínguez, vivo en la ciudad de Cuautla; Morelos, en la colonia Otilio Montaño, soy originario del estado de Guerrero. Para beneficio propio y para aquellos que me lean, les narrare un caso que me sucedió aquí, en la ciudad de Cuautla Morelos.
En el mes de octubre del años dos mil trece, el día 21 para ser más exacto, suscribí un contrato de compra venta de un terreno de régimen ejidal de doscientos cincuenta metros de superficie, con una construcción en obra negra, en las afueras de la ciudad de Cuautla, Morelos, en tierras del ejido de Cuautla, Morelos, en una colonia que se llama ampliación Iztaccihuatl, en el campo denominado LA PEDREGOZA, el citado terreno se ubica en la esquina de las calles Paricutín y calle rio verde, denominado lote 6 de la manzana 6, contrato que suscribí con el cedente y vendedor el señor ESTEBAN PEREZ GARCIA, mismo que tiene su domicilio en la colonia casasano calle ferrocarril interoceánico numero 20 de esta ciudad de Cuautla, Morelos.
El señor ESTEBAN PEREZ GARCIA, vendedor y cedente en el citado contrato de compraventa, me mostro una sesión de derechos en donde se lee que le compro ese terreno a un señor de nombre AURELIO MARTINEZ TREJO, originario de Yautepec, Morelos, me mostro también una constancia de posesión ejidal del año de 1997, constancia en donde las autoridades del ejido de Cuautla, Morelos, le reconocen la posesión al señor ESTEBAN PEREZ GARCIA.
Como a mi parecer los documentos eran auténticos y acreditaban los derechos del señor ESTEBAN PEREZ GARCIA, le propuse que fuéramos al ejido de Cuautla Morelos a una entrevista con el comisariado ejidal el señor JOSE PAZ GOMEZ PINEDA, a lo que estuvo de acuerdo don ESTEBAN PEREZ GARCIA, ya en el ejido de Cuautla, Morelos, el comisariado ejidal y su secretaria me dijeron que los documentos eran auténticos y que incluso ellos conocían al comisariado ejidal que extendió a don ESTEBAN PEREZ GARCIA la constancia de posesión ejidal en el año de 1997.
Hecho lo anterior, suscribimos el contrato, pagando el suscrito a don ESTEBAN PEREZ GARCIA la cantidad de ciento cincuenta mil pesos por cederme sus derechos posesorios, pagando el que escribe posteriormente los derechos al ejido de Cuautla, Morelos, con el fin de que enviara a su personal a verificar las medidas y colindancias de ese terreno de régimen ejidal.
Es así como el que suscribe, iba cada ocho días al terreno a realizar actos de posesión, pues así se lee en la constancia de posesión, que era necesario entrar en posesión, hasta que llego el día ocho de enero del dos mil catorce, cuando acudí por la tarde, percatándome que tenía unos letreros la casa, que decía algo así como PROPIEDAD PRIBADA, FAMILIA BARRERA MARQUINA, Y UNOS NUMEROS DE TELEFONOS DEL ESTADO DE HIDALGO, asimismo habían cerrado la puerta con unos bloks de concreto.
Considere ese acto como una broma, pues yo tenía los documentos otorgados por el ejido de Cuautla, y al ser esas tierras de régimen ejidal todavía, pues el ejido de Cuautla, Morelos era, en mi opinión, la autoridad legitimada para otorgar la posesión, procedí entonces a contratar a un albañil para que derribara la barda de concreto con que habían tapado la puerta, para que al día siguiente le pusiera puerta metálica el herrero.
Así lo hice, acudí al siguiente día en compañía de un albañil y un herrero, para ponerle puerta metálica, piso y ventanas, contratar los servicios y vivir ahí; en eso estaba cuando se presento una patrulla de la policía municipal de Cuautla, Morelos, en compañía de una señora, un señor que presumiblemente seria su esposo y un niño de unos 16 años.
El policía que comandaba la patrulla, me dijo que la señora LEONOR BARRERA MARQUINA, que se encontraba ahí presente, era la legítima dueña de ese solar urbano y que el tenia los documentos en un folder que sostenía en sus manos, preguntándome el policía que si el suscrito tenía conmigo los documentos, le conteste que no, pues había ido a arreglar la casa, no a acreditar la propiedad.
Me trasladaron a las oficinas del juez cívico en la ciudad de Cuautla, Morelos, diciéndome el policía que así le habían ordenado sus superiores, que yo debía acreditar que era el legitimo propietario ante el juez cívico, es así como fui trasladado en la batea de la patrulla, la señora LEONOR BARRERA MARQUINA, su esposo y su hijo, viajaron en la cabina de la patrulla.
Pude realizar una llamada telefónica a mi familia, acudiendo a las oficinas del juez cívico mi esposa con los documentos de la casa, desechándolos como prueba la juez cívico licenciada BARBARITA BALTAZAR CUATE, manifestándole a mi esposa que mis documentos era apócrifos, porque la sesión de derechos no tenía el sello del comisariado ejidal de Cuautla, Morelos, y que en cambio la sesión de derechos que presento la señora LEONOR BARRERA MARQUINA si tenía el sello del comisariado ejidal, en ese momento, yo me entraba detenido en los separos del juez cívico.
Se tardaría entre seis u ocho horas la juez cívico BARBARITA BALTAZAR CUATE, en redactar la puesta a disposición, diciendo en esa puesta a disposición tres grandes mentiras o patrañas, pero absteniéndose de firmar la puesta a disposición, pues solo puso los nombres de dos policias preventivos que firmaron esa puesta a disposición.
De las oficinas del juez cívico a las instalaciones de la subprocuraduría regional oriente (Cuautla, Morelos) fui trasladado en la misma patrulla, pero en esta ocasión esposado, en explicación de la juez cívico ello es así debido a que respeta los tratados internacionales que ha suscrito México y en cumplimiento a un protocolo que ellos le llaman cadena de custodia, en fin, como fuera yo iba esposado como un vulgar delincuente, esto es México señores, pensé para mi propia reflexión, esto es México; los policias eran los mismos que me sacaron de mi casa en la colonia ampliación Iztaccihuatl, en la puesta a disposición así se lee: POLICIA MARCO ANTONIO RODRIGUEZ CRISTERNA ADSCRIPCION SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL ESTADO CIVIL CASADO GRADO DE ESTUDIOS PREPARATORIA EDAD 45 AÑOS. POLICIA PABLO AMAYA GARCIA, ADSCRIPCION SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL ESTADO CIVIL CASADO, GRADO DE ESTUDIOS PREPARATORIA, EDAD 45 AÑOS.
Cuando arribamos a las instalaciones de la subprocuraduría, me sentí seguro, me sentí tranquilo, dije para mí mismo, al menos aquí, hay un profesional del derecho que es el ministerio público del fuero común, que según mi experiencia y conocimientos es un abogado con titulo y cedula profesional y además había aprobado los exámenes de control de confianza, en fin, pensaba yo, es prácticamente imposible que el MP se preste a practicas desleales, que equivocado estaba yo, esto es México señores.
Estuve esperando el momento de declarar, pues se porque he leído la constitución política de los estados unidos mexicanos que la declaración es un derecho, nadie puede ser obligado a declarar, pero como el MP está interesado en averiguar la verdad, dije vendrá a proponerme que declare y que ofrezca mis pruebas testimoniales, documentales o periciales, o por lo menos la confesional, nada de esto sucedió; al siguiente día, como a las nueve de la mañana del día diez de enero de dos mil catorce, se presento el que ahora se que se llama licenciado GERARDO CABRERA MILLAN y una licenciada que ahora se que se llama DIANA LIZBETH ACOSTA ANGEL, los dos me dijeron que son agentes del ministerio público del fuero común, titular y auxiliar respectivamente, le pregunte al licenciado GERARDO CABRERA MILLAN que si necesitada mi declaración, para averiguar la verdad, me dijo que no era necesario, que ya estaba integrada la carpeta de investigación y que me daría la libertad bajo protesta si yo aceptada firmarle un ACUERDO REPARATORIO, le dije que sí, que en esas circunstancias no me quedaba otra más que firmarle, enviándome después por conducto de un licenciado que se llama SANTIAGO JAIR GOMEZ VIVAR, que es el abogado del señor ESTEBAN PEREZ GARCIA, el ya citado ACUERDO REPARATORIO, un documento de cuatro páginas, que me pareció un documento débil, toda vez que en la quinta clausula decía que me despojaba de la posesión de ese predio y le daba el ministerio publico la posesión a la contraparte, la señora LEONOR BARRERA MARQUINA, hija y apoderada legal de la señora MICAELA MARQUINA SALGADO.
Me tome mi tiempo para leer el ACUERDO REPARATORIO, decía que siendo las 11:00 horas del dia 10 de enero 2014, yo me encontraba en la fiscalía, en compañía de la señora LEONOR BARRERA MARQUINA y que yo decía que no me identificaba por no contar con credencial de elector, pero que de manera voluntaria accedía a suscribir un convenio con la contraparte señora LEONOR BARRERA MARQUINA; pero claro, yo no estaba en la fiscalía, me encontraba preso en los separos del ministerio público, también me percate, que el ACTA DE LIBERTAD BAJO PROTESTA decía que se me dejaba en libertad bajo protesta siendo las quince horas del día diez de enero de dos mil catorce, algo no le cuadraba al ministerio publico sobre todo en la hora y en los lugares que citaba en sus documentos, por lo que decidí firmarle sus documentos, pues una clausula en el ACUERDO REPARATORIO dice: “…ya que si él tiene papeles lo puede hacer valer ante la autoridad correspondiente…” entendí que se dejaba a salvo mi derecho de promover lo que en derecho corresponda, con el fin de que la autoridad competente se pronuncie sobre LA MEJOR POSESION.
Cuando quede en libertad, deje pasar unos días, tal vez cinco u ocho días, luego me presente en la oficina del ministerio publico para revisar el expediente, al principio se me negaba, que porque yo era el imputado, luego que porque no estaba el ministerio publico que integro la carpeta de investigación, pero al decirle que lo solicitaría por escrito me dijeron que si, que lo podía leer pero que fuera rápido porque el ministerio publico se molesta que los imputados lean sus carpetas.
Al revisar la carpeta de investigación, claro está que yo lo que buscaba eran los documentos que presento la señora LEONOR BARRERA MARQUINA, percatándome que se trataba de un documento falso, pues lo primero que mire, era que no tenia firma de testigos, y el que cede los derechos AGUSTIN RAMOS GONZALEZ no se identifica con credencial oficial, por lo que es presumible que no exista solo se trate de un nombre inventado, tiene un sello que una vez comparado con el sello que utilizaba en esos años el ejido de Cuautla se aprecia que es falso, pues el citado sello no viene acompañado por la firma y la antefirma del comisariado ejidal de ese año de mil novecientos ochenta y cinco, en fin, me percate que ese documento era falso.
Decidí entonces acudir al ejido de Cuautla, Morelos para darle parte de estos hechos al comisariado ejidal don JOSE PAZ GOMEZ PINEDA, me atendió amablemente y me dijo que hablaría con el ayudante de la colonia Iztaccihuatl DANIEL FLORES MARTINEZ, que era posible que el citado ayudante habría sido el que armo ese cuatro para mi, su secretaria lo comunico con el vía telefónica, estando yo presente, y le dijo algo así; ¿QUIEN ES ESA SEÑORA QUE DICE QUE ES LA DUEÑA DE ESE TERRENO? MIRA CABRON, QUE SEA LA ULTIMA VEZ QUE ME ENTERO QUE LE ANDAS PONIENDO SELLO A LOS DOCUMENTOS DEL EJIDO, TE VAS A METER EN PEDOS CON LA PROCURADURIA AGRARIA, TE ESPERO MAÑANA POR LA MAÑANA AQUÍ EN LA CASA EJIDAL CON ESA SEÑORA, VIENES TAMBIEN TU Y QUE SE TRAIGA SUS DOCUMENTOS LA SEÑORA.
Al día siguiente fui pero don JOSE PAZ GOMEZ PINEDA no estaba, espere un rato a ver si llegaba la señora LEONOR BARRERA MARQUINA, pero no llego, me aburrí y me retire, nunca supe si el ayudante DANIEL FLORES MARTINEZ acudió a la cita con el comisariado ejidal.
Tiempo después dirigí un oficio al comisariado ejidal solicitándole que no le dieran documentos de mi terreno a ninguna persona, toda vez que doña MICALEA MARQUINA SALGADO y su hija y apoderada legal LEONOR BARRERA MARQUINA se ostentaban como dueñas de ese mismo terreno, a lo que me dijeron que si, que pondrían mi oficio en lugar visible, para que la persona que realice las constancias de posesión ejidal los vea y no vaya a dar otra constancia de ese mismo terreno, hasta la fecha ahí sigue exhibido mi oficio pero ahora ya hay mas oficios.
Posteriormente, me dijo don JOSE PAZ GOMEZ PINEDA y su secretaria que acudiera a una cita con el visitador agrario, el ingeniero DAMASO JARILLO GAMA, que El era un experto en la materia y me podría asesorar en lo que debería yo realizar para regularizar el citado terreno para que ya no fuera molestado por autoridades como la policía municipal o como el ministerio público, que nada tienen que ver con la mejor posesión de los solares urbanos, ni de los asuntos internos del ejido ni con asuntos agrarios.
Es así como me entreviste con el visitador agrario ingeniero DAMASO JARILLO GAMA, quien me atendió muy amablemente, le explique lo que me había sucedido y me pregunto qué documentos exhibió en la carpeta de investigación la contraparte, le explique que se trataba de un documento que a mi juicio era falso, pero que yo solicitaba su intervención, porque no sabía cómo sucedió que el ministerio público y la policía municipal, juez cívico y el ayudante de la iztacchuatl dijeran que mis documentos eran apócrifos; me explico que era muy sencillo, era necesario que una autoridad competente me otorgara la posesión y el reconocimiento de avecindado, y que esa autoridad competente era el SUPREMO ÓRGANO DE GOBIERNO DEL EJIDO, también llamado por la ley agraria como LA ASAMBLEA, quien tiene la facultad, junto con el tribunal agrario, de otorgar la posesión y el reconocimiento de avecindado a aquellos mexicanos mayores de edad, que han residido por un año o más en las tierras del núcleo de población ejidal y que han sido reconocidos como tales por la asamblea ejidal o el tribunal agrario competente; el fundamento legal esta en el artículo 13 de la ley agraria vigente, me explico amablemente el visitador agrario; además, agrego “…Los avecindados gozan de los derechos que esta ley les confiere…”.
Me pareció justo y correcto, magnifica la explicación del Visitador agrario, revise ese mismo dia la ley agraria vigente y sus cuatro reglamentos, dándome cuenta que efectivamente, LA ASAMBLEA, es el supremo órgano de decisión del ejido y posee la facultad, junto con el tribunal agrario, de otorgar tanto la posesión como el reconocimiento de avecindado, agradecí al ingeniero DAMASO JARILLO GAMA su valiosa y sincera asesoría y procedí a solicitar por escrito a LA ASAMBLEA que me otorgara LA POSESIÓN Y EL RECONOCIMIENTO DE AVECINDADO a que alude el articulo trece de la ley agraria vigente, que a continuación transcribo: Artículo 13.- Los avecindados del ejido, para los efectos de esta ley, son aquellos mexicanos mayores de edad que han residido por un año o más en las tierras del núcleo de población ejidal y que han sido reconocidos como tales por la asamblea ejidal o el tribunal agrario competente. Los avecindados gozan de los derechos que esta ley les confiere.
Interpuse entonces la correspondiente denuncia penal por fraude y otra denuncia penal por despojo y uso de documento falso en la subprocuraduría regional oriente ubicada en esta ciudad de Cuautla, Morelos, carpetas de investigación que hasta la fecha no se han cumplimentado, argumentando las autoridades de la fiscalía en esta ciudad de Cuautla, Morelos que es debido a que no tengo contratado a un abogado.
He solicitado se le realice peritaje en documentoscopia y grafoscopia a la sesión de derechos reales de posesión, documento que ofreció la contraparte señora MICAELA MARQUINA SALGADO y su hija y apoderada legal LEONOR BARRERA MARQUINA y que presumiblemente es falso, sin que hasta la fecha el ministerio publico haya girado oficio al departamento de peritos para que se le realicen los citados peritajes, alegando lo mismo las autoridades de la subprocuraduría regional oriente que es debido a que no tengo contratado un abogado.
Transcurridos unos tres meses, acudió la señora MICAELA MARQUINA SALGADO al ejido de Cuautla Morelos, a solicitar una constancia de posesión ejidal de mi terreno, le dijeron en el ejido de Cuautla, Morelos que debía acudir a una entrevista con el visitador agrario, que debía llevar el documento que la acreditaba como posesionaria de ese solar urbano; acudió un día martes a las doce del día; del ejido de Cuautla me llamaron por teléfono, acudí en esa misma hora y fecha, y ahí encontré a las señora MICAELA MARQUINA SALGADO y a su hija y apoderada legal LEONOR BARRERA MARQUINA, cuando la señora MICAELA MARQUINA SALGADO le mostro su SESION DE DERECHOS al visitador agrario el ingeniero DAMASO JARILLO GAMA, este le explico que ese documento no era el documento del terreno, le propuso que se presentara el próximo martes a las doce del día con la persona que le había cedido los derechos AGUSTIN RAMOS GONZALEZ.
Al respecto, explico la señora MICAELA MARQUINA SALGADO que no era posible porque no lo conoce, que ese documento se lo dio a su hija ALTAGRACIA BARRERA MAQUINA un señor que ya murió y que en vida se llamo EZEQUIEN VAZQUEZ, pero que como su hija ALTAGRACIA BARRERA MARQUINA no sabía leer, no se percato que el nombre del cedente era un hombre que no conocía ni conoce hasta la fecha.
En consecuencia, no acudió a la cita con el visitador agrario, diciendo al suscrito por teléfono la señora LEONOR BARRERA MARQUINA, que no irían a la entrevista ni ella ni su madre doña MICAELA MARQUINA SALGADO, pero que enviarían a su abogado, no acudió a la cita ni el abogado ni la señora MICAELA ni su hija LEONOR BARRERA MARQUINA; y como según la señora MICALELA MARQUINA SALGADO, el ministerio público le dio la posesión en un documento de cuatro páginas que en el encabezado dice ACUERDO REPARATORIO, tomo la decisión de ocupar el inmueble, siendo que actualmente ahí viven algunas personas al parecer en calidad de arrendatarios.
Debo aclarar que el ACUERDO REPARATORIO redactado por la licenciada DIANA LIZBETH ACOSTA ANGEL carece de validez pues le falta la debida fundamentación y motivación, el ministerio publico no acredito la competencia para pronunciarse sobre la mejor posesión de ese terreno de régimen ejidal, el suscrito me atrevo a decir que el acto del ministerio publico de quitarme la posesión y dar la posesión a la contraparte, es lo mismo como si el tribunal agrario dictara un auto de formal prisión, todo abogado entiende que ni el tribunal agrario puede dictar un auto de formal prisión, ni el ministerio publico puede pronunciarse sobre la mejor posesión de terrenos de régimen ejidal; un amigo abogado me explico que hay un principio en derecho que rige el actuar de AUTORIDADES Y PARTICULARES y que dice así: “…para la autoridad la ley es permisiva y para los particulares la ley es prohibitiva….”, suena con mucha congruencia, yo entiendo que esto quiere decir que la autoridad solo puede hacer lo que la ley le permite, y los particulares deben tener cuidado de que ninguna acción que realicen este expresamente prohibida por ninguna ley.
Al respecto, el suscrito deseo saber a qué se debe el hermetismo de las autoridades de la procuraduría general de justicia del estado de Morelos, tampoco entiendo a que se debe su negativa a integrar la carpeta de investigación; pues yo les he recordado que en mi caso el ministerio publico a cargo de la licenciada DIANA LIZBETH ACOSTA ANGEL y del licenciado GERARDO CABRERA MILLAN, elaboraron aproximadamente treinta documentos en menos de cuarenta y ocho horas, siendo que en las denuncias que yo promoví resulta que bajo mucha presión solo han elaborado durante un año solo un oficio dirigido a la justicia alternativa para que se explote el procedimiento conciliatorio, negándose a realizarle peritaje al documento falso de la señora MICAELA MARQUINA SALGADO, negándose a girar atento oficio al comandante de la policía ministerial para que realice las entrevistas y rinda el informe respectivo al MP, negándose a citar a las partes en conflicto o que les resulte cita, negándose a girar oficio a plataforma México para saber si la señora MICAELA MARQUINA SALGADO y su hija y apoderada legal LEONOR BARRERA MARQUINA cuentan con antecedentes penales, aplicándome una y otra vez el silencio administrativo o silencio ministerial, notándose claro interés de desgastarme moral, material y económicamente para beneficiar a la contraparte.
Solicito la intervención de las autoridades honestas, leales a México y a sus Instituciones, que amen su profesión y su trabajo, que sientan orgullo de luchar contra la impunidad y sus efectos, de esas que estoy muy seguro que SI HAY en todo lo largo y ancho de LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a fin de que se les haga una invitación al procurador general de justicia del estado de Morelos, así como al fiscal en turno en la ciudad de Cuautla, Morelos y a los agentes del ministerio público del fuero común que actualmente tienen en su poder esas carpetas de investigación, licenciado GERARDO CABRERA MILLAN carpeta CT-UIAE-96/2014; Licenciado RUFINO VARGAS BRITO carpeta CT-IUDD-A/1717/2014 y CT-UIAE-52/2014 de la subprocuraduría regional de la zona oriente en esta ciudad de Cuautla, Morelos.
JUSTICIA SOLO PARA UNOS CUANTOS, opino que este concepto debe morir; Montesquieu dijo: LA LEY DEBE SER COMO LA MUERTE, QUE NO EXCEPTUA A NADIE.
Por este conducto me dirijo a propios y a extraños, a Mexicanos y a Extranjeros, a mujeres y a hombres, a chicos y a grandes, a servidores públicos honrados de dentro y de fuera de esta noble Institución creada por el pueblo de México para procurar justicia en todo el estado de Morelos, a todos los ciudadanos honrados de México y del mundo.
ALTO A LA IMPUNIDAD, QUE YA NO AVANCE MAS, AYUDENME A CONVENCER A LAS AUTORIDADES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MORELOS A QUE SE INTEGREN ESAS CARPETAS DE INVESTIGACION, QUE HE CITADO EN EL CUERPO DE ESTE ESCRITO.
MANUEL ALVAREZ DOMINGUEZ, su seguro servidor, hoy es miércoles 18 de febrero de 2015, cuando son las once de la mañana con cincuenta y cinco minutos, encontrándome en el interior de mi domicilio particular; esto es lo que está sucediendo en la Heroica e Histórica ciudad de Cuautla, Morelos, México.
Foto Fecebook: https://www.facebook.com/barbarita.baltazarcuate?fref=photo

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